Protección de datos personales
Seguridad de datos en Internet
Tratamiento seguro de los datos de su empresa
Protección de datos personales
Seguridad de datos en Internet
Tratamiento seguro de los datos de su empresa
previous arrow
next arrow

Derecho al olvido digital de un familiar fallecido.


Derecho al olvido digital de un familiar fallecido

Nuestra huella digital sigue presente en la red incluso después de que hayamos fallecido. Esta huella digital abarca diversos aspectos sobre nuestra identidad y de nuestros activos en línea y debemos considerar que, de una mamera progresiva, cada vez más personas tiene acceso a contenidos de carácter digital, lo que terminará por multiplicar los datos de los que seremos los titulares una vez fallecidos.

Tal y como recoge el artículo 3.1 de la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales (LOPDGDD)

Artículo 3. Datos de las personas fallecidas.

Las personas vinculadas al fallecido por razones familiares o de hecho, así como sus herederos podrán dirigirse al responsable o encargado del tratamiento al objeto de solicitar el acceso a los datos personales de aquella y, en su caso, su rectificación o supresión.
Como excepción, las personas a las que se refiere el párrafo anterior no podrán acceder a los datos del causante, ni solicitar su rectificación o supresión, cuando la persona fallecida lo hubiese prohibido expresamente.
En juliantuabogado.com nos encargamos de la gestión y, en su caso, la eliminación de todos esos contenidos y de esos activos digitales.

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies